Nueve de febrero
de 1941, en la España del 5º Año Triunfal. Campo de fútbol “Madariaga”, San
Fernando. Juegan el Club Deportivo Arsenal de San Fernando y la Real Sociedad
San Carlos de Cádiz. Durante el primer tiempo el extremo derecha de la R.S. San Carlos falla
una clarísima ocasión de gol, y no se le ocurre otra cosa al pobre chaval que
soltar un sonoro me cago en dios que,
por encima del griterío general, llegó a oídos del celoso policía que vigilaba
el orden público desde la banda.
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Imagen del antiguo estadio Madariaga de San Fernando. (c) Foroazulino.com |
¡Pobre chaval! No
lo podía saber, pero sólo trece días antes, el Subsecretario de la Gobernación había
enviado una circular a los gobernadores civiles de todas las provincias de
España en la que reflexionaba sobre «…la
punible laxitud en los resortes de la Autoridad, paralela a un aflojamiento de
los ideales religiosos» que había permitido que la gente usara palabras
soeces y murmuraran públicamente contra las autoridades «…lacra de las conversaciones de corro, café o tertulia». Pero sobre
todo, el señor subsecretario estaba muy preocupado por la mayor de las
maledicencias posibles, las que se dicen «…contra
el Cielo profiriendo blasfemias que lleva injuria para Dios o sus Santos».
No le gustaba al hombre que sus convecinos blasfemaran abiertamente. No señor. Y
añadía en su circular que «…para extirpar
en su raíz estos sedimentos de ponzoña, reliquia de pasados achaques, los
Gobernadores Civiles […] desplegarán el mayor celo en la vigilancia y una
acentuada severidad en el castigo de la […] blasfemia, aunque no produzca
escándalo público, decretando arrestos e imponiendo multas con toda la amplitud
que permiten sus facultades gubernativas». O sea…
El cuatro de
febrero la circular llega al alcalde de San Fernando y Jefe Local de la F.E.T.
y de las J.O.N.S., José Quetar. Que a su vez la remite al jefe de la policía y
al comandante de la Guardia Municipal, para que tomen buena nota y actúen
celosamente en consecuencia…
…es entonces
cuando el pobre extremo derecha de la R.S. San Carlos falla un gol cantado y se caga en dios. Podía haberse cagado en
todos sus propios muertos, pero no, se cagó en dios. En rigor —perdonen ustedes
lo escatológico del asunto— no se indica en todo el expediente en qué dios se
caga el extremo derecha. Al fallar un gol cantado la blasfemia debe ser rotunda
y concisa para que consiga el efecto de relajación que se busca. No es
esperable que el blasfemo concrete nada más… me cagó en el dios Astarté de los fenicios, por poner un ejemplo, resulta
demasiado largo y pierde efecto. Cagarse en dios de manera inconcreta en lo más
socorrido.
Pero el policía,
dando por hecho que se cagaba en el dios católico de todos los españoles
(tampoco atiende al detalle de si lo hace en el padre, en el hijo o en el
espíritu santo), lo denuncia…
Iltmo. Sr.
Alcalde de San Fernando:
Tengo el honor de
poner en conocimiento de V.I. que el partido celebrado en el día de ayer en el
campo de Madariaga entre los equipos C.D. Arsenal y R.S. San Carlos de Cádiz
terminó sin novedad alguna, si bien debo significarle que durante el primer
tiempo uno de los jugadores del de San Carlos de Cádiz, blasfemó de Dios en voz
alta, procediendo a tomarle su nombre una vez terminado el tiempo por si estima
V.I. imponerle una sanción.- El individuo denunciado dijo llamarse JOSÉ GÓMEZ
PIÑERO, y que su domicilio era en la R.S. de San Carlos de Cádiz.-
Por Dios, España y su Revolución Nacional Sindicalista.
San Fernando 10 Febrero 1941
El Agente Jefe
No se hable más. El
señor alcalde impone al blasfemo una rotunda multa de cien pesetas «por alteración del orden y decoro público,
blasfemando en voz alta contra el Santo Nombre de Dios durante el primer tiempo
del partido de futbol celebrado el día 9 del actual en el Campo de Madariaga…».
Acto seguido envía la notificación de la multa al señor alcalde de Cádiz, para
que localice al blasfemo y se la entregue. El pobre José Gómez Piñero recibe la
notificación el 18 de febrero. A partir de ese momento, tiene diez días para
pagar las cien pesetas.
Pero, como errar
es de humanos, la policía advierte un error involuntario «…por parte del Sr. árbitro de dicho partido al emitir el nombre del
jugador extremo derecha que blasfemó de DIOS en voz alta durante el primer
tiempo, debo significarle que habiendo dado el nombre de JOSÉ GÓMEZ PIÑERO como
el jugador alineado por su club, y resultando haber jugado en su puesto el JUAN
GALINDO MORA, verdadero blasfemo en el día citado, debe imponérsele la sanción
correspondiente a éste último, y no al expresado Gómez Piñero que fue al que se
propuso…». Todo esto sin entrar en el posible conflicto deportivo de jugar
uno en lugar de otro…
Como el nuevo
blasfemo también era vecino de Cádiz, se vuelve a pedir al alcalde de la
capital que lo localice y le haga entrega de la multa. Acusa el recibo el 27 de
febrero… pero pasa el tiempo y el blasfemo no paga. ¡Eso cómo va a ser! ¡Nadie
se va a reír de las autoridades que han ganado una guerra contra las hordas
marxistas! Y menos un blasfemo que, además, falla un gol a puerta vacía. ¡Nos
vamos al Juez de Municipal para que ponga orden y lo embargue!
Alcaldía de de
San Fernando
Sección 2ª Negociado
2º
Orden Público /
472
Con fecha 21 de
febrero último y bajo el nº 127, impuso esta alcaldía al jugador de futbol D.
JUAN GALINDO MORA, vecino de Cádiz, con domicilio en la calle Isabel la Católica
nº 19, multa de CIEN PESETAS, por alteración del orden y decoro público,
blasfemando en voz alta contra el Santo Nombre de Dios durante el primer tiempo
del partido celebrado el día 9 del expresado mes en el campo de Deportes de
Madariaga, sito en esta localidad.
Y comoquiera que,
recibida por el interesado la notificación respectiva el día 17 del indicado
mes de febrero, y transcurridos con exceso, diez días desde aquella fecha, sin
que la haya hecho efectiva, requiere de V.S. [Juez Municipal de San Fernando] para
que proceda a su exacción por vía de apremio, siendo adjunta la citada
notificación.
Por Dios, España y su Revolución Nacional Sindicalista.
San Fernando, 13 de marzo de 1941
(Rubricado por el alcalde José Quetar)
Pero el juez no
hace puñetero caso al alcalde. Y, éste, al cabo de un mes (el 14 de abril) reitera
su petición de apremio y añade «…y como
hasta el presente no se ha hecho efectiva en esta Alcaldía la multa de
referencia […] no obstante haber transcurrido con exceso treinta días de su fecha, se lo reitero, esperando
merecer de la reconocida atención de V.S. se digne corresponder al mismo a la
mayor brevedad posible, a sus debidos efectos».
Pero tampoco le
hace caso el juez. A lo sumo, los funcionarios anotan al margen del documento,
que el juzgado lo devuelve el 5 de mayo indicando que el pago de la multa lo tramite la alcaldía de Cádiz…
En vista de la
situación, al día siguiente el alcalde establece un nuevo camino para cobrar la
multa, y deja dicho «que, puesto que la
denuncia fue producida por la policía, hiciera ésta la gestión cerca de la de
Cádiz, a fin de que a la mayor brevedad, hiciera el interesado efectiva la
multa en el papel de pagos municipal…». A continuación hay una siniestra
anotación al margen del documento que dice: «…nota entregada el día 7-5-41 en la Policía, a D. Enrique [García
Escribano], quien llamó por teléfono al Sr. Macía, de la Comisaría Cádiz, para
que le trajeran al multado…»
¡Que le trajeran
al multado! No sabemos qué pasó en ese encuentro, ni de qué hablaron el policía
de San Fernando y el blasfemo de Cádiz, pero a los pocos días el alcalde de la
capital comunica al de San Fernando que el sujeto había pagado la multa.
Es lo que tenía
vivir en esa España de 1941 —que era Unidad de Destino en lo Universal y
Reserva Espiritual de Occidente—, que se podía torturar y llenar las cunetas con
rojos asesinados. ¡Pero, por Dios, blasfemar no!
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